La biodiversidad o diversidad biológica se eleva a principio fundamental de la Constitución.
La promulgación de la Ley Constitucional de 11 de febrero de 2022, núm. 1 modificó los artículos 9 y 41 de la Constitución introduciendo una regulación sustantiva expresa sobre la protección del medio ambiente, la biodiversidad y los ecosistemas.
En particular, se ha insertado un último párrafo en el artículo 9: “Protege el medio ambiente, la biodiversidad y los ecosistemas, también en interés de las generaciones futuras. La La legislación estatal regula las formas de protección de los animales“.
Por primera vez, se hace referencia a la protección de los animales previendo una reserva de ley para regular los modos y formas de aplicación.
La naturaleza jurídica de los daños a la salud: ¿y ahora qué?
El artículo 41, en cambio, incluía en su segundo apartadolos “daños a la salud” y los“daños al medioambiente” entre los límites relativos al ejercicio de la libertad de iniciativa económica privada.
El daño a la salud, por tanto, es el daño causado a la psique o al cuerpo de un individuo, en relación con el valor de la persona humana en sí misma.
Biodiversidad: prevención y represión
La cuestión de quién debe responder de los daños medioambientales se responde con la norma de “quien contamina paga” , pero la función de este principio no es realmente punitiva, sino preventiva.
En la práctica, incentiva a los operadores económicos y a los agentes privados a adoptar medidas para minimizar los riesgos de daños al medio ambiente y a la salud, con el fin de proteger la biodiversidad.
Cuando un marco normativo establece que la responsabilidad es objetiva y no subjetiva, es decir, que no está vinculada a la conducta dolosa o negligente de una persona física o jurídica, sino a la mera causación del hecho dañoso, se trata del habitual soplo a la italiana.
Pero hay otro aspecto interesante de la cuestión: según el Foro Económico Mundial, más del 50% del PIB mundial se genera mediante actividades económicas que dependen de la naturaleza y sus servicios.
Y nos preguntamos: ¿las empresas que declaran y actúan para“contribuir a un futuro positivo para la naturaleza” se preocupan realmente por la biodiversidad, o sólo salvaguardan la naturaleza en su propio interés?